
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y venta de un aceite de oliva de marca Mito Andino por estar falsamente rotulado y encontrarse en los mercados como un producto ilegal, según la Disposición 5434/2025, publicada en el Boletín Oficial.
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La entidad de protección y verificación de alimentos en el territorio argentino estableció en el comunicado que los fabricantes no cuentan con los documentos necesarios para garantizar las respectivas condiciones de elaboración y la calidad del producto final, según las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Comunicado del Departamento de Rectoría Normativa Alimentaria. Foto:Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria
“Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: ‘Aceite de oliva virgen extra primera prensada, marca Mito Andino, RNPA: 025 13032729, elaborado y fraccionado por: RNE: 13005521′ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, estableció la administración.
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¿Cómo fue que la Administración General de Argentina se dio cuenta de las irregularidades en el producto?
De acuerdo con La Nación, un particular realizó una consulta sobre la genuinidad ante el Instituto Nacional de Alimentos (Inal) y el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, que redirecciono el caso a la Dirección de Fiscalización, Control y Tecnología Agroindustrial de la provincia de Mendoza, quien por medio del Sistema de Información Federal para la Gestión de los Alimentos (Sifega), realizaron las respectivas verificaciones para corroborar el RNE y RNPA de producto.
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De esta manera comenzó la investigación que derivó en la declaración de infracción del producto por estar falsamente rotulado y carecer de registros de establecimiento.
El aceite de oliva no estaba debidamente regulado. Foto:IG @doctorrojass/ iStock
Según la declaración final que sostuvieron desde la Anmat, las autoridades aclararon que “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país ni comercializado”.
Medidas de la Anmat sobre aceite de oliva ilegal
- Prohibición total: se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas online del aceite de oliva Mito Andino, por carecer de registros de establecimiento y producto.
- Extensión de la medida: también queda prohibida la venta de cualquier producto que muestre esos números de RNE o RNPA, sin importar la marca, presentación, lote o fecha de vencimiento.
- Publicación oficial: la disposición será publicada en el boletín oficial y se comunicará a las autoridades sanitarias de todo el país.
Se prohibió la producción y comercialización del aceite. Foto:iStock
La entidad aclaró que: “A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Inal recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea”.
ESTEBAN RAMÍREZ MIRANDA
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
Con información de GDA La Nación Argentina