
La justicia no se logra con el paso del tiempo, sino con la reparación del daño. Israel Vallarta es hoy un símbolo de las fallas estructurales del sistema penal mexicano. Luego de casi dos décadas en prisión preventiva, sin que existiera sentencia firme en su contra, un tribunal federal determinó su absolución tras un prolongado, irregular y viciado proceso que jamás logró probar fehacientemente su responsabilidad en los delitos imputados. Acusado en 2006 de secuestro y delincuencia organizada, Vallarta fue víctima de un montaje televisivo orquestado con la complicidad de autoridades federales y difundido en vivo por Carlos Loret de Mola, entonces conductor estelar de noticieros, quien prestó la señal para escenificar una supuesta detención que en realidad había ocurrido un día antes. La Suprema Corte ha sostenido reiteradamente que tales prácticas violan el debido proceso, lo que se agrava cuando son difundidas como espectáculo mediático.
Este montaje tuvo como operadores, entre otros, a Luis Cárdenas Palomino, hoy procesado por el delito de tortura, y cuyo testimonio forma parte de un patrón de fabricación de culpables. Jurídicamente, Israel Vallarta podría ahora ejercer acciones civiles por daño moral y material, conforme al artículo 1916 del Código Civil Federa.
Entre los posibles delitos a investigar, destacan: delitos contra la administración de justicia (artículos 225 y 226 del Código Penal Federal), abuso de autoridad, coalición de servidores públicos y, en su caso, responsabilidad penal de particulares por actos en coautoría con agentes del Estado. Al tratarse de violaciones continuadas y de efectos permanentes —como la afectación al honor, integridad y libertad de una persona—, la acción penal podría estimarse no prescrita. El reciente fallo de absolución emitido por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal del Estado de México (Causa Penal 81/2024) expone de forma contundente la debilidad probatoria del Ministerio Público. Durante el juicio se acreditó que las pruebas clave fueron obtenidas de manera irregular, mediante actos que podrían configurar tortura o coacción. Se reconoció, además, que no existió certeza jurídica sobre su participación directa ni indirecta en los hechos que se le imputaron, lo que llevó a dictar su liberación.
Aunque Israel ha declarado que la cárcel le enseñó a no vivir con rencor, la revancha legal no es un acto de venganza, sino de justicia. Y su reparación implica también proteger a su familia, que cargó con el estigma social y el costo humano de una prisión injusta. Por ello, un grupo de abogados decidimos representarlo pro bono para iniciar todas las acciones legales conducentes a que el Estado y quienes lo expusieron públicamente como culpable retribuyan, en la medida de lo posible, el daño causado. Es necesario retomar el debate jurídico sobre los límites de la libertad de expresión. En México, los delitos de calumnia y difamación fueron despenalizados en el ámbito federal a partir de 2007, como parte de una reforma que pretendía evitar la censura y proteger el derecho a informar. No obstante, su desaparición del catálogo penal ha dejado un vacío jurídico ante abusos reiterados en los medios. En este contexto, la frontera entre libertad de expresión y violencia mediática se ha vuelto porosa. No debe confundirse el derecho a informar con el uso arbitrario e ideológico del espacio radioeléctrico o de la prensa escrita. Periodismo no es espectáculo ni propaganda. Es rigor, contraste, verificación. Quien difunde acusaciones sin sustento no hace periodismo, sino daño. La impunidad de comunicadores coludidos con estructuras corruptas es también un rostro de la violencia institucional.
El caso Vallarta es un espejo para miles de personas en México y el extranjero que, sin acceso a defensa adecuada ni eco mediático, sobreviven en prisión a la espera de justicia. Desde hace años, muchos trabajamos desde instituciones, sociedad civil y litigio estratégico para liberar a personas injustamente detenidas. Que el caso de Israel no sea el final, sino el inicio de una transformación estructural del sistema de justicia penal. El derecho no es una herramienta de represión, sino de reivindicación humana. La revancha legal, cuando es justa, también es esperanza.